Derechos laborales

Derechos laborales en España

Los derechos laborales de todos los trabajadores en España son establecidos por la Legislación Española, la cual establece los estatutos de cada persona en el ámbito laboral, siendo estos de carácter obligatorio y amparando al trabajador ante posibles ilegalidades.

El desconocimiento de las leyes puede hacer que un trabajador sea víctima de abusos por parte del empleador. Por eso es importante que cada persona conozca los derechos fundamentales establecidos dentro del marco legal.

En la constitución española, dentro de las relaciones laborales se establece la defensa de los intereses, sin distinción de raza, sexo, edad, estado civil, condición social, religión, política, lengua, origen étnico, orientación sexual o discapacidad.

Estos derechos laborales regulan las relaciones entre empleado y empleador, bajo una leyes justas y proporcionadas. Por eso, si trabajas con o sin autorización, es importante que tengas conocimiento de los derechos que posees y como puedes actuar ante cualquier eventualidad laboral.

Los trabajadores autónomos o por cuenta propia también poseen derechos laborales. Estos están estipulados en la Ley 20/2007, de 11 de julio,  el Real Decreto 1541/2011, de 31 de octubre y la Ley 32/2010, de 5 de agosto.

Contenido

Estatuto de los Trabajadores

El Estatuto de los Trabajadores recoge los derechos más importantes de los trabajadores y fue aprobado en el país en el año 1980. Este texto legal regula los derechos y relaciones laborales de los empleados.

En este estatuto, se tratan aspectos relacionados con el contrato de trabajo y su firma, las obligaciones del trabajador, jornada laboral, salarios, la representación de los trabajadores y los derechos después del cese del contrato.

Quedan establecidos los derechos básicos, los derechos en la relación de trabajo, los derivados del contrato, entre otros. Además, su estructura se basa en el principio de unas disposiciones derogatorias, dando paso a 92 artículos.

Derechos laborales

Cuando estás en un empleo, posees ciertos derechos laborales que es importante que conozcas. Estos se encuentran establecidos en la Sección 2.ª del estatuto de los trabajadores, algunos de ellos los veremos a continuación:

Artículo 4. Derechos laborales. Aquí se establecen los derechos básicos de los trabajadores y los que tienen que ver con la relación laboral, estos son:

1.-Derechos laborales básicos:

a) Trabajo y libre elección de profesión u oficio

b) Libre sindicación

c) Negociación colectiva

d) Adopción de medidas de conflicto colectivo

e) Huelga

f) Reunión

g) Información, consulta y participación en la empresa

2.- Derechos en la relación de trabajo:

a) A la ocupación efectiva.

b) Derecho a la promoción y formación profesional en el trabajo

c) A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo

d) Protección de la integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales

e) Respeto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad

f) Pago o remuneración puntual legalmente establecida

g) Al ejercicio individual de las acciones derivadas de su contrato de trabajo

h) A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo

El trabajador además tiene derechos derivados de su contrato de trabajo, como por ejemplo si finaliza su contrato y sus obligaciones laborales, tiene derecho a las prestaciones, liquidación y finiquito. También existen otros derechos laborales poco conocidos como:

  • Derecho a solicitar un anticipo de nómina
  • Derecho a disfrutar de un día libre por cambio de vivienda
  • Permiso retribuido de 20 horas anuales para formación
  • Suspender las vacaciones si el trabajador cae enfermo durante ellas
  • Derecho a 30 días de vacaciones independientemente del tipo de jornada
  • Descanso de 15 minutos, si la jornada laboral continuada es superior a 6 horas diarias
  • Derecho a reclamar los intereses por el retraso del pago de la nómina

5 derechos laborales que debes conocer con detalle

Todos los derechos laborales son muchos y de suma importancia. Sin embargo, aquí nos enfocaremos en explicarte 5 de ellos: Derecho a la promoción formación profesional en el trabajo, derecho a la no discriminación, derecho a la integridad física, respeto a la intimidad y pago o remuneración puntual.

Derecho a la promoción formación profesional en el trabajo

Todo trabajador tiene derecho al desarrollo de planes y acciones formativas que favorezcan una mayor empleabilidad. La formación profesional del empleado es un instrumento primordial para adaptar la mano de obra a las exigencias del puesto de trabajo.

Algunas de las posibilidades que se establecen son: adaptación de la jornada de trabajo para asistir a cursos de formación, permiso para elegir el turno en caso de que curse estudios, concesión de permiso de formación, entre otros.

En cuanto a la promoción profesional o ascenso, este tiene lugar como consecuencia de antigüedad, experiencia, acreditación de conocimientos, formación y perfeccionamiento profesional. Los ascensos se ajustarán a criterios y sistemas libres de discriminación.

Derecho a la no discriminación

Los empleadores no deben tomar decisiones que sean discriminatorias hacia el trabajador. Por tanto, se prohíbe el trato diferenciado y desfavorable antes y después de la contratación. Tal hecho impide la no contratación por motivos o actos de discriminación directa o indirecta.

Algunas de las causas prohibidas por discriminación, están: discapacidad, orientación sexual, origen racial, religión, condición social y económica, vínculos con personas relacionadas con la empresa, idioma, edad, estado civil, entre otras.

Derecho a la integridad física

Este derecho protege al trabajador por ataques físicos, emocionales y espirituales. Así como de los bienes que carezca de consentimiento del titular. Comprende cualquier acto que perjudique la salud o genere un peligro grave, sin importar si la lesión se haya o no consumado.

Respeto a la intimidad

Los trabajadores en la relación laboral, tienen derecho a que le sea respetada su intimidad en relación al uso de dispositivos digitales, protección de sus datos personales, uso de dispositivos de videovigilancia y de geolocalización por parte del empleador.

También la consideración debida a su dignidad en cuanto a cualquier acoso que pueda ocurrir en contra del trabajador por razones sexuales, raciales, de religión, orientación sexual, discapacidad y edad.

Pago o remuneración puntual

El empleador está en la obligación de remunerar a su trabajador de forma puntual de acuerdo al trabajo que realiza y según lo establecido en el contrato laboral. En caso de incumplimiento el empresario deberá cancelar intereses de mora y cualquier indemnización correspondiente.

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